Por mayoría resolvieron magistrados de Sala IV
Redacción | redaccion@cronica.cr
La próxima elección del presidente o vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia deberá ser pública, según resolvió la Sala Constitucional al declarar co lugar una acción en contra de la norma que las permitía privadas.
Por mayoría los magistrados resolvieron que el artículo 59 inciso 6) de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el artículo 6 de la Circular de Corte Plena número 88-201 relativa a “Reglas para la sucesión de una vacante permanente en la Presidencia o Vicepresidencia de la Corte” son inconstitucionales.
“Las normas impugnadas -que permitían la votación secreta para la elección del
presidente y vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia- infringieron los principios democráticos, de rendición de cuentas, publicidad, transparencia e independencia judicial, así como lo dispuesto en los artículos 11 y 30 de la Constitución Política.”, señala el comunicado de prensa enviado por la Sala.
Fue en el año 2022 cuando la Asamblea Legislativa, a petición de la propia Corte
Suprema de Justicia había modificado la norma para dar esta posibilidad, pero al ser revisada por la Sala se determina lo dicho por lo que se anula que la elección de los puestos mencionados pueda ser secreta.
Cabe resaltar que la declaratoria de inconstitucionalidad aplicará del momento en que se emita el fallo y no anula nada de lo actuado antes con el fin de no generar ningún trastorno.
La sala estuvo conformada por Ingrid Hess Herrera (presidenta a.i. e instructora) y
magistrados suplentes Ronald Salazar Murillo, Hubert Fernández Arguello, Ileana Sánchez Navarro, Aracelly Pacheco Salazar, Jorge Isaac Solano Aguilar y Fernando Lara Gamboa, este último declaró sin lugar la acción.
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