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  • Foto del escritorRedacción | Crónica, el Diario de la Gente

Sala IV condena al Banco Nacional por impedir entrada a privado de libertad

En un mes deberá brindarle atención en centro penal.

Jarmon Noguera González | redaccion@cronica.cr

 

La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por un privado de libertad al que no se le permitió ingresar a la sucursal del Banco Nacional en San Rafael de Alajuela para poder retirar su pensión.

 

Según indica el recurso, el sujeto contaba con autorización para salir una vez al mes con el fin de realizar el trámite mencionado, pero desde el mes de noviembre del 2021 y durante todo el 2022 no se le permitió ingresar a esa sucursal bancaria.

 

Luego volvió a solicitar el permiso al juez de Ejecución de la Pena que se lo otorga pero en fechas 08 de marzo y 28 de abril de 2023, así como 30 de enero de 2024, se le volvió a denegar su ingreso a esa sucursal bancaria.

 

Ante esto solicita que entonces se le brinde una tarjeta para poder hacer uso de un cajero automático para retirar el dinero que necesita para poder comprar sus objetos personales, ya que no tiene familiares que lo apoyen, pero el gerente no le da la autorización de ingreso tampoco.

 

Es así como recurre a la Sala IV que le da la razón y condena al banco para que “dentro del plazo de un mes, contado a partir de la notificación de esta sentencia, coordine lo necesario con la Dirección del Centro de Atención Institucional Jorge Arturo Montero Castro para que se autorice, dentro de ese mismo plazo, el ingreso al centro penal de un funcionario del Banco Nacional de Costa Rica, bajo las correspondientes medidas de seguridad, con el fin de que atienda y brinde los servicios financieros al recurrente y demás privados de libertad que así lo requieran”.

 

Adicionalmente la entidad financiera deberá de pagar los daños y perjuicios causados al privado de libertad durante todo este tiempo.

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