Orgullo Costa Rica acudió a la justicia ante la anulación de la declaratoria de Interés Cultural.
Jarmon Noguera González | redaccion@cronica.cr
Los Magistrados de la Sala IV declararon parcialmente con lugar el recurso de amparo presentado por la organización Orgullo Costa Rica tras la decisión del presidente de la República Rodrigo Chaves de anular la declaratoria de interés cultural para la Marcha de la Diversidad 2024.
Según los alegatos la actuación de Chaves, se trata de un claro acto de discriminación contra la población sexualmente diversa, por lo que recurrieron al tribunal constitucional.
En la sentencia 2024-035183 los Magistrados indican que “resulta claro para el Tribunal Constitucional que se está haciendo uso de una posición de poder para dejar sin efecto un acto previamente emitido de conformidad con el ordenamiento; se incurrió en un acto no solo arbitrario, sino absolutamente intempestivo, al ser emitido tan solo un día antes de la marcha y carente de todo fundamento, lesionando con ello, de forma flagrante, los derechos fundamentales de una población minoritaria y vulnerable como lo es la LGBTIQ+.”.
Además indica que el oficio No. CP-0035-2024 como el Acuerdo No. 517-P, emitidos ambos el 29 de junio de 2024, con los que se deja sin efecto la declaratoria, carecen de fundamento técnico por lo que no se debió de realizar.
Por otra parte, en el amparo también se alegaba que el evento no tuvo la atención de suficientes efectivos de la Policía de Tránsito, de la Policía de la Fuerza Pública y de la Policía Municipal, sin embargo en este sentido se declaró sin lugar ya que los informes de las autoridades indican que si se dio la atención debida.
Para este fallo la sala estuvo conformada por: Fernando Castillo Víquez (presidente), Fernando Cruz, Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García (instructor), Anamari Garro Vargas e Ingrid Hess Herrera y la magistrada suplente Aracelly Pacheco Segura.
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