Recalcó que se debe de guardar el derecho de “objeción de conciencia”
Redacción | redaccion@cronica.cr
El decreto “Política del Poder Ejecutivo para erradicar de sus instituciones la discriminación hacia la población LGBTI”, que se promulgó en el 2015, durante el gobierno de Luis Guillermo Solís, recibió el aval de la Sala Constitucional.
Mediante la sentencia 2024-023246 los Magistrados resolvieron una acción de inconstitucionalidad que presentaron dos abogadas para intentar derogarlo, pero la Sala no encontró roces con nuestra carta magna.
Entre otras cosas el decreto hacía que las jefaturas de instituciones públicas debían adoptar una serie de acciones dirigidas a la capacitación sobre dicho tema y promover la utilización de lenguaje inclusivo en los diferentes procesos.
Sin embargo, los Magistrados de la Sala dejaron claro que igualmente se debe de respetar la “objeción de conciencia” a la que tienen derecho los funcionarios.
“Se declara sin lugar la acción, siempre y cuando se interprete que la persona funcionaria pueda ejercer el derecho a la objeción de conciencia, en caso de conflicto entre sus creencias éticas, morales y religiosas, con el ejercicio de la función pública al que está obligado, incluido participar y tener que comprobar la aprobación del curso", dicta la sentencia.
Lo cierto del caso es que el trabajo que se ha logrado gracias a este decreto se podrá seguir desarrollando ahora con el aval constitucional.
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