Mayoría de magistrados consideran que tema se reguló de forma errónea.

Redacción | redaccion@cronica.cr
En 1998 la Asamblea Legislativa aprobó la ley de presupuesto ordinario y extraordinario en la cual se incluía un artículo en que se establecía que las pensiones de los expresidentes, sería el mismo monto que el salario de los diputados, algo que alrededor de 35 años después resultó ser inconstitucional.
Así lo declaró por mayoría la Sala Constitucional en el voto 2024-000362 por lo que el artículo quedó anulado, lo que obliga a que las pensiones de los expresidentes deban ser rebajadas.
Según explica la resolución “De su sola lectura salta a la vista su contenido es evidente ajeno a cuestiones de orden presupuestario. La materia relativa a las pensiones jubilaciones y en particular la definición de los montos de los beneficios establecidos en el régimen que en su caso correspondan, es asunto que debe regularse mediante la ley ordinaria o común y que excede por mucho lo que debe ser objeto de una ley de presupuesto”.
Esto hace que ahora se deba aplicar lo que estaba en vigencia en 1988 cuando el monto fijado para las pensiones de los expresidentes era de cerca de ₡600 mil, pero este monto se debería de modificar a valor presente.
Finalmente, la resolución también señala que los montos percibidos de más por esta situación no deberán de ser reintegrados por las personas que los han recibido.
Actualmente son siete expresidentes los que tienen pensión: Óscar Arias, José María Figueres, Rafael Ángel Calderón, Miguel Ángel Calderón, Abel Pacheco, Laura Chinchilla y Luis Guillermo Solís.
Carlos Alvarado, si bien tiene derecho a recibirla, él al finalizar su periodo renunció a la misma por lo que el dinero queda en las arcas del Estado.
Comments