La Comisión fue precisa y mostró que la situación actual, preliminarmente, podría constituir una violación a los principios de legalidad e irretroactividad de la ley penal.
Redacción | redaccion@cronica.cr
La discusión en el plenario legislativo sobre la ley de delincuencia organizada, esta siendo objeto de análisis por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), quienes analizan las demandas presentadas por normas derogadas en los procesos, en especial el artículo 2 de esa ley numero 8754.
El cual para los analistas nacionales se encuentra derogado, y que los jueces internacionales indicaron que es imposible de variar retroactivamente, sin afectar gravemente principios valiosos derivados de la legalidad criminal.
CIDH
La Comisión fue precisa en la forma en la cual distinguió los tiempos de vigencia de las distintas leyes, y mostró que la situación actual, preliminarmente, podría constituir una violación a los principios de legalidad e irretroactividad de la ley penal, entre otros derechos.
POSICION DE LOS JUECES
Días atrás la corte internacional indicó: “Sin embargo, el decreto legislativo fue publicado el 30 de octubre de 2019, cuando la Ley No. 9481 habría ya entrado en vigor, siendo efectiva desde el 14 de octubre de 2019 y, por tanto, habiendo derogado los artículos que daban competencia a los tribunales penales ordinarios en materia delincuencia organizada. La Comisión observa que existirían diversos proyectos de ley que buscarían subsanar este problema”
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