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  • Foto del escritorRedacción | Crónica, el Diario de la Gente

Aplican artículos derogados de la ley de investigaciones

Confunden plazos de aplicación de leyes

(Redacción comercial)


Desde el año 2017 se ha generado todo tipo de dudas en cuanto a la aplicación de la ley para restituir la declaratoria de procedimiento especial en la lucha contra la delincuencia organizada.


La exposición de motivos de un proyecto de ley es la explicación y justificación de un proyecto, son parte de las herramientas que permite para determinar si el texto final que aprueba la Asamblea de un proyecto de ley guarda relación (conexidad) con las intenciones iniciales.


Ese es el caso de lo que se esta analizando en cuando a la aprobación de la Ley 9591, que le endosaba 24 meses de plazo adicional a la entrada en vigencia de la Ley 9481, y que para la fiscalía los plazos se extendieron hasta el 14 de setiembre de 2020, lo plazos de entrada en vigor de la misma pese a que la entrada en vigencia original, era de “12 meses”, por lo que la entrada en vigencia quedó para el 14 de octubre del 2019.


AÑO 2019


A pesar del criterio del Ministerio Público, el 14 de octubre del 2019 entró a regir la Ley 9481, y en concreto se materializó la derogatoria de los artículos 2, 3 y 6, a excepción del inciso d), y los artículos 7 y 9 de la Ley N° 8754, sin que ninguna ley posterior los restituyera.


Esa derogatoria es muy importante ya que el artículo 2 de la Ley 8754 establece el análisis jurídico de los hechos investigados y que sean calificados como delincuencia organizada.


El proyecto ha sido utilizado en casos recientes como el Caso Cochinilla y la Operación Diamante, ya que la declaratoria de esos casos como delincuencia organizada permitió a la Fiscalía realizar intervenciones telefónicas.


La Ley 9481 fue reformada una vez más el 30 de octubre del 2019, tras la publicación de la Ley 9769, dicha ley perseguía que el funcionamiento de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada se postergara hasta 18 meses después de que la Asamblea Legislativa le asigne el presupuesto requerido al Poder Judicial.


El presupuesto aún está a la espera de ser aprobado, pero nunca se volvieron a instaurar los artículos derogados.

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